LA DOBLE VENTA INMOBILIARIA: GUÍA PARA COMPRENDES SUS IMPLICACIONES
La doble venta inmobiliaria se produce cuando el propietario de un bien inmueble lo vende a dos personas diferentes, antes de que ninguna de ellas haya adquirido la propiedad de forma definitiva. Esta situación genera un conflicto de titularidad que debe resolverse aplicando criterios legales específicos para determinar quién es el verdadero dueño.
CONCEPTO Y ELEMENTOS CLAVE
Para que exista una doble venta, deben cumplirse varios requisitos esenciales:
Un solo vendedor: La venta a distintos compradores debe ser realizada por el mismo propietario.
Falta de consumación de la venta anterior: En el momento de la segunda venta, ninguno de los compradores debe haber adquirido la propiedad aún (por ejemplo, a través de la entrega o la inscripción registral). Si uno de ellos ya fuera propietario, estaríamos ante una venta de cosa ajena, no una doble venta.
Identidad del objeto: Debe tratarse del mismo bien inmueble.
CRITERIOS DE PREFERENCIA Y LA BUENA FE
El Artículo 1473 del Código Civil español establece el orden de preferencia para determinar quién adquiere la propiedad en un caso de doble venta de un bien inmueble:
El primero que, de buena fe, inscriba su adquisición en el Registro de la Propiedad.
Si no hay inscripción, el primero que haya tomado posesión del inmueble, siempre que sea de buena fe.
A falta de todo lo anterior, quien presente el título de fecha más antigua, también de buena fe.
La buena fe es un elemento crucial; se presume, pero puede ser desvirtuada si se demuestra que el comprador conocía la existencia de la venta anterior. La falta de buena fe puede anular la protección que ofrece la inscripción registral.
EL TERCERO HIPOTECARIO Y CONSECUENCIAS
La figura del tercero hipotecario, regulada en el Artículo 34 de la Ley Hipotecaria, ofrece una protección adicional. Se considera tercero hipotecario a quien adquiere de buena fe, a título oneroso, de quien aparece en el Registro de la Propiedad con facultades para transmitir, y que inscribe su adquisición. Esta figura otorga una protección robusta frente a derechos anteriores no inscritos o que no hayan sido conocidos.
En caso de que se resuelva el conflicto de titularidad y uno de los compradores pierda la propiedad, este tendrá derecho a reclamar una indemnización por daños y perjuicios al vendedor por el incumplimiento contractual. Además, en el proceso judicial, es fundamental asegurar el litisconsorcio pasivo necesario, demandando a todas las partes implicadas (vendedor y ambos compradores) para que la resolución sea efectiva y evitar futuras nulidades.
ASESORAMIENTO LEGAL
La doble venta inmobiliaria es una situación compleja que requiere un conocimiento profundo del derecho registral y civil. Si te has visto afectado por una doble venta o necesitas asesoramiento para proteger tus intereses, en el despacho de Jonathan Pérez Moreno te ofrecemos la asistencia legal especializada para guiarte en este proceso y buscar la solución más favorable para tu patrimonio.
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